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Tramitación Vado

La licencia de vado representa la autorización para realizar una modificación de la acera y/o bordillo pública destinada exclusivamente a facilitar el acceso de vehículos a locales, o zonas privadas, si bien condicionado el otorgamiento de la licencia a que se cumplan los requisitos correspondientes de los enunciados Ordenanza municipal reguladora.

– ¿Quién lo puede solicitar?: El/los propietario/s arrendatario/s de la finca urbana beneficiaria del vado.

– Forma de iniciación: A solicitud del interesado, o representante debidamente acreditado, mediante la presentación del modelo de solicitud que pone a disposición del Ayuntamiento, donde necesariamente debe constar la firma del propietario del inmueble como declaración de aceptación y conformidad.

–   Periodo de presentación: Durante todo el año

 – Plazo de tramitación: Esta licencia, al suponer un aprovechamiento especial del dominio público, normativamente se establece que la Administración debe resolver la solicitud en un plazo de 2 meses desde la petición.